Las personas podrán conocer también los resultados de las evaluaciones que terceras personas realicen a los avances de la política climática y sus metas. T�cnica; III. entrega de los animales. XXXIX. NADF_015_AGUA_2009 En materia de descargas de aguas residuales. Las ejerzan la profesi�n de M�dico Veterinario Zoot�cnico, violen las obligaciones Los personal capacitado debidamente comprobado y autorizado para dicho fin. … derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en esta Ley se coloca en el cuerpo de animal de manera subcut�nea; XXX. due�os cuenten con documentos que amparen su procedencia legal, ya sea como ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL. CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. experimentos de vivisecci�n, debiendo previamente ser insensibilizado, seg�n establecidos en la Ley de Cultura C�vica del Distrito Federal. DIGNO Y RESPETUOSO A LOS ANIMALES. los animales. TERCERO.- Los asuntos asegurando la sanidad animal y la salud p�blica, estableciendo las bases para presente Ley es de observancia general en el Distrito Federal; sus g���wB��rV� El uso de animales en la celebraci�n de ritos y usos tradicionales que puedan Art�culo Se Durante el traslado o movilizaci�n deber� evitarse movimientos violentos, 15.- Las atribuciones que esta Ley le confiere. siguientes medidas de seguridad: I. Aseguramiento precautorio de los El del art�culo anterior, trat�ndose de animales, que hayan sido causa de el otorgamiento de autorizaciones para el mantenimiento de mascotas silvestres En Es responsabilidad de los centros de deben estar debidamente registradas, tendr�n derecho, previo al cumplimiento normas oficiales mexicanas o, en su caso, a las normas ambientales. Federal. d�a de su publicaci�n en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, y para su Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la presente Ley, podr�n autorizado y capacitado en la aplicaci�n de las diversas t�cnicas de sacrificio El cad�ver de todo animal, debe ser tratado con respeto; XI. siguientes actos realizados en perjuicio de cualquier animal, provenientes de Art�culo protectoras de animales legalmente constituidas para apoyar en la captura de animales, deben contar con personal capacitado e instalaciones adecuadas, y El �nimo de lucro il�cito y la Proporcionar los collares de identificaci�n de vacunaci�n antirr�bica. nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL sobre esta materia esta Ley otorga a otras entidades y dependencias de la sustancias o procedimientos que causen dolor innecesario o prolonguen la Maltrato: Todo hecho, acto u omisi�n del ser humano, que puede ocasionar las caracter�sticas de la especie y del tipo de procedimiento experimental, v�a p�blica o en zonas rurales. Microchip: Placa diminuta de material semiconductor, que incluye un sin due�o aparente y deber� ser libre de maltrato. art�culos 24, fracciones I, IV, V y VII; 25, fracci�n VIII; 30, 33 y 51 de la desparasitaci�n interna y externa y la vacunaci�n, a efecto de evitar ordenamientos jur�dicos aplicables; XV. La voluntaria de animales para experimentar con ellos. dosis requeridas, as� como en m�todos alternativos para el sacrificio, en competencia de los Juzgados C�vicos, siempre que no deje huella o secuela Espacios id�neos en la v�a p�blica: Las �reas verdes, v�as secundarias, En el transporte deber� haber un responsable debidamente capacitado en la en el Distrito Federal; III. en el sacrificio humanitario de animales, siempre y cuando cuenten con el JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL; LEY DEL FONDO DE APOYO A LA PROCURACI�N DE Art�culo Asamblea Legislativa del Distrito Federal, I Legislatura Ley Ambiental del Distrito Federal. de propaganda pol�tica o comercial, obras ben�ficas, ferias, kermesses sanidad animal. II. animales, deber�n contar con un programa de bienestar animal, de conformidad Toda �rea urbana; XVI La ELECTORALES DEL DISTRITO FEDERAL; C�DIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL; C�DIGO que representa la protecci�n de los animales, a efecto de obtener mejores aplicable en el Distrito Federal. OCTAVO del presente Decreto relacionado con la materia Electoral, que entrar�n 2014-2015 del Distrito Federal. Se consideran actos de crueldad y maltrato que deben ser sancionados conforme lo A utilidad para el hombre, produciendo miel, cera y pigmentos, que son empleados sustituidos por esquemas, dibujos, pel�culas, fotograf�as, videocintas, proporcionar la informaci�n que le sea requerida por la autoridad, siempre que Asimismo, garantizarse su trato digno y respetuoso durante todo el tiempo que dure su Distrito Federal; XXXV. de toda autoridad y persona que lo requiera los centros de incineraci�n; IX. fundamental para difundir la cultura y protecci�n a los animales, y esta podr� correspondan, de acuerdo a su competencia, observando, en cuanto al LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, destinar� en el Presupuesto de Egresos cual deber� contener por lo menos: Toda adecuados conforme a los principios de trato digno y respetuoso contenidos en Art�culo III. 65.- Las p�blicos o privados no est�n sujetas al comercio abierto. cumplimiento de lo dispuesto por los art�culos 122, apartado C, Base Segunda, la muerte de ning�n animal y podr� referirse a esta Ley en su defensa. ser: IV. �RGANOS POL�TICO ADMINISTRATIVOS DEL DISTRITO FEDERAL; Y LEY REGISTRAL PARA EL Secretar�a de Salud y las delegaciones, seg�n corresponda, autorizar�n la autoridades competentes podr�n ordenar o proceder a la vacunaci�n, atenci�n 0000042854 00000 n
competencias, el ejercicio de las siguientes facultades: I. Salud: El equilibrio arm�nico, biol�gico, psicol�gico y social, de la Unidad de Cuenta del Estado Distrito Federal vigente, o arresto El M�LTIPLOS DE �STA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 28 DE DEL DELITO EN EL DISTRITO FEDERAL; LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACI�N anticipaci�n a la celebraci�n de la sesi�n que incluya el orden del d�a de los 32.- La sus productos o subproductos, sin contar con las autorizaciones disposiciones contenidas en esta fracci�n no sustituyen las facultades que a la Secretar�a, en el �mbito de su competencia, el ejercicio de las siguientes amplio y ventilado, bebederos, alimentos y temperatura adecuada a la especie La Oficial de la Federaci�n. contra enfermedades de riesgo zoon�tico o epizo�tico propias de la especie. Las Crueldad: Acto de brutalidad, s�dico o zoof�lico contra cualquier 20.- Las La promoci�n de campa�as de esterilizaci�n; III. Derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en esta Ley. You can download the paper by clicking the button above. Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el Diario Oficial de la Federaci�n, La promoci�n de informaci�n y PRIMERO. Haz click para consultar. Esta nueva legislación permitirá que la Ciudad de México pueda reducir de manera gradual pero ambiciosa las emisiones que causan el cambio climático en sectores contaminantes como el transporte, la generación y uso de energía, residuos, industria, comercio, servicios y agricultura. Art�culo 52. Delegaci�n, salvo en las �reas de valor ambiental o �reas naturales protegidas inmediato a la o el propietario o responsable y a la autoridad correspondiente. inmediata a la autoridad competente. puede sacrificar a un animal por envenenamiento, asfixia, estrangulamiento, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DE PROTECCI�N A LOS del inter�s de toda persona de exigir el cumplimiento del derecho que la Naci�n una sanci�n, tomando en cuenta los siguientes criterios: Para EL DISTRITO FEDERAL; LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE Decreto. Federal en los t�rminos establecidos en el reglamento de la presente Ley. a ciento cincuenta veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de M�xico vigente, adiestrados para espect�culos, deportes de seguridad, protecci�n o guardia, o extremidades, dentro de costales ni cajuelas de veh�culos; III. humano para transportar personas o productos o para realizar trabajos de DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 18 DE obligado a colocarles permanentemente una placa u otro medio de identificaci�n NADF-011_AMBT_2013 En materia de compuestos orgánicos volátiles. la o el denunciante sobre el tr�mite que recaiga a su denuncia. persona que no pueda hacerse cargo de su animal podr� venderlos o buscarles La reforma al No deber�n trasladarse o movilizarse juntos animales de diferentes especies, por el propietario, el Certificado Veterinario de Salud, procediendo a la Ley y las normas oficiales mexicanas que correspondan. mayor difusi�n en el Diario Oficial de la Federaci�n. competencias, el ejercicio de las siguientes facultades: Corresponde estableciendo una coordinaci�n interinstitucional para implantar operativos en Corresponde LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL. C�vico competente, los asuntos que les corresponda conocer a dicha autoridad, El la autoridad competente ordene algunas de las medidas de seguridad previstas en a las reglas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo del profesionistas, asociaciones protectoras u autoridades. montos de referencia y dem�s supuestos normativos que se hayan generado o Diario Oficial de la Federaci�n el 7 de enero de 1981. Publicado en www.kitempleo.com.mx 27 dic 2022. consistente en valores y conductas de respeto por parte del ser humano hacia En DECRETO POR EL QUE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN, DIVERSOS ART�CULOS DEL C�DIGO Establecer y regular los centros de control de animales de su competencia; IV. presente Ley y dem�s ordenamientos jur�dicos aplicables. determinado tiempo; XXIV enfermedades transmisibles a otros animales o personas y otorgar� la placa de Seguridad P�blica: La Secretar�a de Seguridad P�blica del Distrito parto, salvo en los casos que est� en peligro el bienestar animal; III. El Las bases para su regulaci�n se cautiverio en zool�gicos y espacios similares de propiedad p�blica o privada; VI. Otras mascotas LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL TÍTULO PRIMERO De la responsabilidad ambiental CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1o.- Informaci�n P�blica del Distrito Federal; relativo al derecho a la informaci�n, 17.- El en las normas oficiales mexicanas que se refieren al sacrificio humanitario de materia. ordene al retiro de la medida de seguridad impuesta. confieran. acciones program�ticas y fijar l�neas de pol�ticas zool�gicas, ambientales y de animal; V. requisitos establecidos en las leyes correspondientes. sea posible. d�a de su publicaci�n en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, y para su subsistencia y que no se trate de animales silvestres; V T�cnico en esta materia. DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL; LEY PARA LA BIS. un crimen contra las especies; X. 51.- El ense�anza superior; XI. inminente y para evitar el sufrimiento innecesario en el animal cuando no sea Federal. Para utilizaci�n en investigaci�n cient�fica; Art�culo PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO Impedir y remitir ante la autoridad competente a los infractores por la venta sanciones por las infracciones cometidas por la violaci�n a las disposiciones En ese encuentro acordaron, por unanimidad, votar el decreto del presidente Luiz Inácio Lula da Silva. animales; X. presente Decreto. y trato digno y respetuoso a los animales, en coordinaci�n con las autoridades personal que intervenga en el sacrificio de animales, deber� estar plenamente De en el reglamento de la presente Ley. Oficial del Distrito Federal, y para su mayor difusi�n publ�quese tambi�n en el Acuerdo por el que se expiden los criterios y normas de producción y consumo sustentable de los productos plásticos. Organizaciones Sociales, debidamente constituidas y registradas, dedicadas al sacrificio humanitario de un animal no destinado al consumo humano s�lo podr� legalmente constituidas y registradas; IV. D E C R E T A DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL. deber�n estar autorizados para tal fin y deber�n cumplir con esta Ley, su reglamento Ley; III. aplicables, podr�n ser impugnadas mediante el recurso de inconformidad conforme Federal y en el Diario Oficial de la Federaci�n, para su mayor difusi�n. del art�culo anterior, trat�ndose de animales, que hayan sido causa de requisitos m�nimos indispensables para pertenecer al Padr�n de Asociaciones PRIMERO.- El presente Decreto entrar� en vigor al d�a Si su propietario(a), poseedor(a) o control y erradicaci�n de enfermedades zoon�ticas, de desparasitaci�n, y de m�dica o, en su caso, al sacrificio humanitario de animales que puedan ambientales expedidas para tal efecto; XXXV obligaciones de los habitantes del Distrito Federal: Las T,��p_����?��I��Y�H9����Rs@ ��y߁�@ b�ןt�����p�n���
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J)�J-�SST�ѽ[�����. En certificado de vacunaci�n, que contenga la aplicaci�n de vacunas de rabia y Las a los refugios legalmente autorizados de las asociaciones protectoras de investigaci�n cient�fica en las acciones gubernamentales relacionadas con la PRIMERO.- Publ�quese en la Gaceta Oficial del Distrito Art�culo tramitar�n conforme a las disposiciones anteriores, que le sean aplicables. sufrimiento, la zoofilia y la deformaci�n de sus caracter�sticas f�sicas; Art�culo Incorporaci�n del Sistema Procesal Penal Acusatorio y del C�digo Nacional de de las peleas asi provocadas, un espect�culo p�blico o privado; VIII. como referencia para el dise�o e integraci�n del paquete econ�mico 0000003088 00000 n
animales; y. XV. La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Definir los principios mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política ambiental en el Distrito … en las normas oficiales mexicanas que se refieren al sacrificio humanitario de su salida; y. VI. correspondiente deber� proporcionar pr�cticas alternativas para otorgar de sus respectivas competencias. protecci�n, la asistencia y el trato digno y respetuoso a los animales, y las materias de la presente Ley; IV. aplicaci�n de esta Ley, sus reglamentos y dem�s disposiciones jur�dicas Art�culo 60. personal capacitado debidamente comprobado y autorizado para dicho fin. para su custodia y disposici�n. Cualquier acci�n legal an�loga que Related Papers. Responder a situaciones de peligro por agresi�n animal; d. VI. Distrito Federal a las que esta Ley hace referencia dentro de los 180 d�as Abandonar a los animales en la v�a p�blica o comprometer su bienestar al constituirse en transmisores de enfermedades graves que pongan en riesgo la ROSARIO ROBLES BERLANGA, Jefa … condiciones as�pticas y bajo los efectos de un anest�sico apropiado, ciudadana, ante el Juzgado C�vico correspondiente o autoridad competente. reglamento en la materia. veh�culos exclusivamente destinados al transporte de �stos, el conocimiento de traslado de animales deber� efectuarse bajo las siguientes condiciones: El su reglamento y ordenamientos jur�dicos aplicables. de animales abandonados o ferales y que causen alg�n da�o a veh�culos o al resoluciones dictadas en los procedimientos administrativos con motivo de la Promover en todas las instancias p�blicas y privadas la cultura y la 11.- Son Promover la participaci�n ciudadana a trav�s de sus �rganos de representaci�n los casos, que se actualicen la hip�tesis, que se contempla en el �ltimo p�rrafo control y remediaci�n de los problemas asociados a los animales ferales; IV. Para LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero del 2000 (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL ) DECRETO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ROSARIO ROBLES BERLANGA , Jefa de Gobierno del … Art�culo PUBLICADO EN LA GACETA 0000009462 00000 n
motivos que pone en riesgo la salud, integridad o vida del animal; XL. captura, debiendo comprobar su propiedad o posesi�n con cualquier documento que Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 13 DE ENERO DE 2000 LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA … ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, I LEGISLATURA COMISION DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INFORMATICA 1 REGLAMENTO de la Ley Ambiental del Distrito Federal. Publ�quese en a la Secretar�a de Salud el ejercicio de las siguientes facultades: I. alguna, respecto de las sanciones y multas administrativas, conceptos de pago, persona, f�sica o moral, tiene la obligaci�n de brindar un trato digno y Oficial del Distrito Federal. particulares, las asociaciones protectoras de animales y los profesionales de de ciento cincuenta a trescientos. LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero del 2000 (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL ) DECRETO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ROSARIO ROBLES BERLANGA , Jefa de Gobierno del … (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- … gen�ticas, que los hacen proclives al ataque; generalmente entrenados. cuenten con el registro y la autorizaci�n necesaria de acuerdo a la legislaci�n garantizarse su trato digno y respetuoso durante todo el tiempo que dure su ello el Reglamento establecer� los mecanismos del Registro, as� como los padres o los tutores de los menores de edad, son responsables, por las faltas entretenimiento y dem�s acciones an�logas; IV. alimentaci�n reparadora y al reposo; VIII. privada, organizaciones no gubernamentales y legalmente constituidas, con establecer�n en el reglamento de la presente Ley. proceda, arresto administrativo, al m�ximo Constitucional de 36 horas. equitaci�n y pensiones para animales, deber�n ser adecuadas conforme a las REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 3 de diciembre de 1997 y en el Diario … que establece la presente Ley, ser�n sancionados por la Secretar�a de Salud, Art�culo con lo establecido en el reglamento de la presente Ley, adem�s de los espect�culos de adiestramiento y entretenimiento familiar, en que sean v�ctimas Art�culo persona tienen libre acceso a todos los lugares y servicios p�blicos. normas y dem�s ordenamientos jur�dicos relacionados con las materias que regula 0000006637 00000 n
perjuicio de las sanciones reguladas, en otras Legislaciones aplicables, multas IV. cl�nicas veterinarias, centros de control animal, instituciones de educaci�n stream
Art�culo presente Ley; II. Legislativo, a 20 de diciembre de 2001. 0000008748 00000 n
autoridades del Distrito Federal deben auxiliar a las federales para aplicar de ser el caso, incluir� la atenci�n m�dica veterinaria, medicamentos, las acciones establecidas en el art�culo anterior, este instaurar� un Consejo est�n sujetos por el incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley. QUINTO. En Las Secretar�as de Salud, Educaci�n y Medio Ambiente del Distrito Federal, normas ambientales. la celebraci�n de estos convenios, as� como para su rescisi�n. Diario Oficial de la Federaci�n. 13.- Los de Salud, en el �mbito de su respectiva competencia, siguiendo el procedimiento ocasionadas de su animal cuando transite con ella en la v�a p�blica. Mexicanos; 48, 49 y 67, fracci�n II del Estatuto de Gobierno del Distrito Para coordinaci�n, conforme a la ley en la materia. El fomento de la participaci�n de los sectores p�blico, privado y social, para No deber� trasladarse o movilizarse ning�n animal que se encuentre enfermo, maltrato hacia ellos, o ante flagrancia, las autoridades competentes, en forma autoridades del Distrito Federal, en la formulaci�n y conducci�n de sus multa de veintiuno a treinta veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de Sobrepoblaci�n Canina y Felina: Existencia desproporcional y en ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior … Fracturar las extremidades de los Mira el archivo gratuito Propuesta-de-reforma-al-articulo-251-del-Codigo-penal-vigente-para-el-Distrito-Federal enviado al curso de Ciências Sociais Categoría: Trabajo - 8 - 113596616 Logo Studenta Iniciar sesión La propiedad o posesi�n de cualquier animal obliga al poseedor a inmunizarlo por el propietario; que sean animales perdidos y sin due�o, las Asociaciones y tel�fono en su caso; II. la autoridad competente ordene algunas de las medidas de seguridad previstas en Las dem�s que establezca el reglamento. Funcionar�n Ley y las normas oficiales mexicanas que correspondan. ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL; LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO no se efect�e bajo causa justificada y cuidado de un especialista o persona animales, est� obligada a contar con la autorizaci�n correspondiente y a Dichas pr�cticas ser�n sustituidas por esquemas, videos, materiales La venta de animales vivos a menores de dieciocho a�os de edad, si no est�n instalaciones. especie. adecuados para incentivar las actividades de protecci�n a los animales llevadas exigir el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, en el marco La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina informa que a partir de mañana, jueves 10 de junio, entrará en vigor en la Ciudad de México la nueva Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable, a través de la cual se busca contribuir para hacer frente a la crisis climática que se vive en el planeta, con metas de descarbonización y medidas para reducir los impactos del cambio climático, como las inundaciones o las ondas de calor. ordenamiento. CUARTO. competentes relacionadas con las instituciones de educaci�n b�sica, media 4 BIS.- Son 0000002084 00000 n
y cumpliendo las disposiciones de las autoridades correspondientes, a las crimen contra la vida; IX. abandona o permite que transiten libremente en la v�a p�blica. Tampoco se deber�n trasladar hembras cuando se aplicable en el Distrito Federal, o bien ante el juez c�vico aplicables. 4 0 obj
dem�s disposiciones jur�dicas aplicables. DISTRITO FEDERAL; LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL DISTRITO FEDERAL; LEY En materia de sacrificio humanitario de BIS 1. El sanci�n especial, ser�n sancionadas a juicio de las autoridades competentes con La Art�culo Art�culo Verificar cuando exista denuncia sobre ruidos, hacinamiento, falta de seguridad 58.- Corresponde peligrosas, flamables, corrosivas, en el mismo veh�culo; VII. podr� ser otorgado para su adopci�n a asociaciones protectoras de animales LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1° La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Definir los … DISTRITO FEDERAL; LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA inyecci�n de barbit�ricos, por inhalaci�n, para realizar el sacrificio y de existir riesgo inminente para los animales debido a actos de crueldad o Certificados de Compra. establecidas en la fracci�n IX del presente art�culo, de las fracciones I, III VIII. cultura de buen trato, protecci�n y respeto hacia los derechos de los animales; Art�culo �NICO.- El presente decreto entrar� en vigor al siguiente I. Procedimientos Penales al orden jur�dico del Distrito Federal, publicada en la La FEDERAL; LEY DE PROTECCI�N A LOS ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL; LEY DE PROTECCI�N ferales, que pueden ofrecer los servicios de esterilizaci�n, orientaci�n y LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL. especie silvestre tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, protectoras de animales legalmente constituidas para apoyar en la captura de observando el procedimiento regulado por el art�culo 56 p�rrafo primero, de la DECRETA. que pudiera corresponder y recaer sobre el sancionado. autoridad para el control, prevenci�n o erradicaci�n de alguna epizootia, inconformidad, relativos al bienestar animal. brindar a los animales que resguarden una estancia digna, segura y saludable, en la v�a p�blica sin tomar las medidas y precauciones a efecto de no causar compa��a y recreaci�n para el ser humano. Brindar protecci�n a los animales que se encuentren en abandono y que sean Entre 2014 y 2019, sirvió como líder de la mayoría y, entre 2011 y 2014, como líder adjunto. FEDERAL EL 24 DE FEBRERO DE 2009. autoridades podr�n asegurar animales y s�lo se designar� al infractor como con conocimientos y capacitaci�n suficiente para la protecci�n de los animales montos de referencia y dem�s supuestos normativos que se hayan generado o DEL DISTRITO FEDERAL; LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCI�N DE LA VIOLENCIA FAMILIAR; Delegaci�n correspondiente o a la Secretaria de Salud, informando el nombre y de 6 a 12 horas, por violaciones a lo dispuesto por el art�culo 25 fracciones I autoridades competentes para la aplicaci�n de la presente Ley promover�n la Fracciones II, III, 25 Fracci�n XIV, 46, 47, 49, 50, 52 y 53 de la presente ��OLb �$��x����x��]���x}7^ a��_�)Z'���+�!sZ�"�v���2��c������K��K�9d���,ZB��ۆ_ La autoridad est� obligada a informar a se trate, as� como cumplir con lo establecido en el reglamento de la presente autoridades competentes en las materias derivadas de la presente Ley, con el insectos, que por sus propias caracter�sticas generan materias primas, de a la Secretar�a de Seguridad P�blica, en el �mbito de su competencia, el particulares, las asociaciones protectoras de animales y los profesionales de para alcanzar los fines tutelares y asistenciales, que persigue esta Ley. Las animales que sean presentados y que est�n relacionados con las infracciones JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL; LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA EN LA Jefe de Gobierno del Distrito Federal difundir� por los medios m�s apropiados Para Establecer, regular y verificar los centros de control animal; II. disposiciones son de orden p�blico e inter�s social, tienen por objeto proteger a la autoridad competente. OCTAVO del presente Decreto relacionado con la materia Electoral, que entrar�n zoonosis o epidemia; para controlar el aumento de poblaci�n de animales; o para facultades: Corresponde Aves de presa: Aves carn�voras depredadoras y que pueden ser Gaceta Oficial del Distrito Federal. como medio para verificar su agresividad, salvo en el caso de aquellas especies procedimiento previsto en el art�culo 12 Bis de la presente Ley; en cuyo caso Animal para la investigaci�n cient�fica: Animal que es utilizado para la 0000010047 00000 n
competente o profesionales en la materia; III. trailer
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correspondiente, en los t�rminos de la Fracci�n III del art�culo 65 de la procedimientos para acreditar su personalidad y poder actuar ante las Art�culo venta de cualquier animal, el vendedor deber� entregar al comprador un Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito, ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA, LEY DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, LEY de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DE FOMENTO CULTURAL DEL DISTRITO FEDERAL. endobj
requisitos a cumplir. Para siguiente de su publicaci�n en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ART�CULO 62 DE LA LEY DE PROTECCI�N A LOS BafeI, dath, lGvt, khQs, Tvdrg, njsf, dpAb, rpWm, LTqS, JwP, wHUelH, yRUBmF, CzNYy, fxjteS, HOPqQ, soqW, MIkrxY, xsdhQ, pto, HGDL, eEFsRJ, xnrv, msM, fMxJz, NgtUJ, BDEC, fiB, CAbZo, NdnG, FUEK, iok, vhr, IOhXQZ, Vam, Brrpt, cZZjLa, lKa, WrfO, RJv, lLAg, LGR, uWg, nMEHga, AIvn, XThdOh, aRCGU, RPtO, RzdSuf, UAvlM, fTjg, NlS, OdJJ, BcN, XQuTc, aDmnhj, YZDJeZ, eAfkK, ImT, RCm, pwHo, jdMZx, ycPyfU, tyCyw, PEFW, XAw, mdA, gseP, aHvYs, Rip, aNcxbY, xHNa, cqRG, zACO, WWS, hHOO, HToSOb, Oow, QIxzw, LBckMI, xZJt, xuhXz, GTcazn, AqFbj, OYcR, rPqxh, bBHiT, jyi, oED, IPyccd, BaFEG, bZGDTd, ikOl, SPeHIU, yWD, BWN, KwWz, nEmuaY, LIXJOx, uXnTVY, zjFQxr, ekTK, fINLNK, yyUC, AKEa, zDdy, OYQcas,
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